LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)
Es una organización internacional panamericanista con el objetivo de ser un foro político para el diálogo multilateral y la toma de decisiones de ámbito americano creado en mayo de 1948.
La declaración de la organización dice que trabaja para fortalecer la paz y seguridad, consolidar la democracia, promover los derechos humanos, apoyar el desarrollo social y económico y promover el desarrollo sostenible en América.
En su accionar busca construir relaciones más fuertes entre las naciones y los pueblos del hemisferio. Los idiomas oficiales de la organización son el castellano, el portugués, el inglés y el francés. Sus siglas en castellano son OEA y en inglés OAS (Organization of American States).
La OEA tiene su sede en Washington, DC, Estados Unidos de América. También tiene oficinas regionales en sus distintos países miembros. La Organización está compuesta de 34 países miembros.
CÓMO Y PARA QUÉ LA CREARON
La Organización de los Estados Americanos (OEA), creada el 30 de abril de 1948, reúne a 35 países del continente, para fortalecer la cooperación mutua en torno a los valores de la democracia, defender los intereses comunes y debatir los grandes temas de la región y el mundo.
Es el principal foro multilateral para afianzar la paz y la seguridad del continente, el fortalecimiento de la democracia, la promoción de los derechos humanos, y la acción cooperativa para promover el desarrollo económico, social y cultural de los países.
PARA QUÉ SIRVE
La Organización de los Estados Americanos, para realizar los principios en que se funda y cumplir sus obligaciones regionales de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, establece los siguientes propósitos esenciales:
a. Afianzar la paz y la seguridad del Continente;
b. Promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención;
c. Prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados miembros;
d. Organizar la acción solidaria de éstos en caso de agresión;
e. Procurar la solución de los problemas políticos, jurídicos y económicos que se susciten entre ellos;
f. Promover, por medio de la acción cooperativa, su desarrollo económico, social y cultural;
g. Erradicar la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del hemisferio, y
h. Alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros.
AUTORIDAD REPRESENTANTE PERMANENTE ANTE LA OEA.
Colombia
Luis Alfonso Hoyos Aristizabal Embajador,
Representante Permanente de Colombia
AUTORIDADES
• Representantes Permanentes
• Secretaría General
• Oficiales
• Consejos/Comisiones
• Derechos Humanos
• Organismos Especializados
• Organismos y Entidades
ESTRUCTURA
La OEA realiza sus fines por medio de los siguientes órganos:
• la Asamblea General;
• la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores;
• los Consejos (el Consejo Permanente, el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral);
• el Comité Jurídico Interamericano;
•la Comisión Interamericana de Derechos Humanos;
• la Secretaría General;
• las Conferencias Especializadas;
• los Organismos Especializados, y
• otras entidades establecidas por la Asamblea General.
La Asamblea General celebra períodos ordinarios de sesiones una vez por año. En circunstancias especiales se reúne en períodos extraordinarios de sesiones. La Reunión de Consulta se convoca con el fin de considerar asuntos de carácter urgente y de interés común, y para servir de Órgano de Consulta en la aplicación del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), que es el principal instrumento para la acción solidaria en caso de agresión. El Consejo Permanente conoce de los asuntos que le encomienda la Asamblea General o la Reunión de Consulta y ejecuta las decisiones de ambas cuando su cumplimiento no haya sido encomendado a otra entidad; vela por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados miembros así como por la observancia de las normas que regulan el funcionamiento de la Secretaría General, y además, actúa provisionalmente como Órgano de Consulta para la aplicación del TIAR. La Secretaría General es el órgano central y permanente de la OEA. La Sede tanto del Consejo Permanente como de la Secretaría General está ubicada en Washington, D.C.
ESTADOS MIEMBROS
• Antigua y Barbuda
• Argentina
• Bahamas (Commonwealth de las)
• Barbados
• Belize
• Bolivia
• Brasil
• Canadá
• Chile
• Colombia
• Costa Rica
• Cuba
• Dominica (Commonwealth de)
• Ecuador
• El Salvador
• Estados Unidos de América
• Grenada
• Guatemala
• Guyana
• Haití
• Honduras
• Jamaica
• México
• Nicaragua
• Panamá
• Paraguay
• Perú
• República Dominicana
• San Vicente y las Granadinas
• Santa Lucía
• Saint Kitts y Nevis
• Suriname
• Trinidad y Tobago
• Uruguay
• Venezuela (República Bolivariana)
PRINCIPIOS
Los Estados americanos reafirman los siguientes principios:
a. El derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas.
b. El orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.
c. La buena fe debe regir las relaciones de los Estados entre sí.
d. La solidaridad de los Estados americanos y los altos fines que con ella se persiguen, requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa.
e. Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro Estado. Con sujeción a lo arriba dispuesto, los Estados americanos cooperarán ampliamente entre sí y con independencia de la naturaleza de sus sistemas políticos, económicos y sociales.
f. La eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la promoción y consolidación de la democracia representativa y constituye responsabilidad común y compartida de los Estados americanos.
g. Los Estados americanos condenan la guerra de agresión: la victoria no da derechos.
h. La agresión a un Estado americano constituye una agresión a todos los demás Estados americanos.
i. Las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos. j
. La justicia y la seguridad sociales son bases de una paz duradera.
k. La cooperación económica es esencial para el bienestar y la prosperidad comunes de los pueblos del Continente.
l. Los Estados americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo.
m. La unidad espiritual del Continente se basa en el respeto de la personalidad cultural de los países americanos y demanda su estrecha cooperación en las altas finalidades de la cultura humana.
n. La educación de los pueblos debe orientarse hacia la justicia, la libertad y la paz.
MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
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